¿Sabía que usted como propietario de una unidad inmobiliaria en un PH en Panamá tiene derechos? Sí, la Ley de PH en Panamá establece que usted tiene derecho a:
- Recibir información relativa al PH por parte de la Junta Directiva y del administrador en los plazos establecidos por la ley y cuando sea necesario.
- Realizar peticiones a la junta directiva o al administrador y recibir una respuesta o solución.
- Al uso, goce y disfrute de las áreas comunes y privativas.
- Recibir una copia física o digital del Reglamento de Copropiedad y el Reglamento de Uso.
- Participar con voz dentro de las reuniones de la asamblea de propietarios y ejercer el derecho al voto cuando esté habilitado para ello.
- Recibir copias de las actas de la asamlea de propietarios y certificaciones de actas de la junta directiva, por temas de su unidad inmobiliaria cuando lo solicite.
- Recibir las certificaiones de paz y salvo en un plazo no mayor a tres días calendario, cuando lo solicite.